23 octubre, 2019

PERMUTAS


Definición del servicio

Este servicio consiste en el intercambio de plazas de igual o distinta clase pero de un mismo nivel salarial, entre dos  servidores regulares, con la anuencia de éstos y de las respectivas jefaturas, siempre y cuando cumpla los requisitos respectivos de acuerdo a la normativa.


Personas a la cuales se dirige el servicio

Toda persona funcionaria del MEP en propiedad.


Requisitos del servicio

Permutas administrativas

  • Completar el formulario DGTH-FOR-04-DDTH-577 Solicitud de permutas.
  • Entregar el formulario con sus respectivas firmas en la unidad de Departamento de Dotación del Talento Humano correspondiente.

Permutas docentes

  • Completar la solicitud por medio del sistema SALTAD habilitado en los períodos debidamente comunicados.
  • Ser servidores regulares.
  • Dos años como mínimo en la misma clase. 
  • Ostentar igual clase de puesto y categoría.

Normativa

Ley N°1581, Estatuto del Servicio Civil.

Ley N°2166, Ley de Salarios de la Administración Pública

Decreto Ejecutivo N°21 Reglamento del Estatuto del Servicio Civil

Decreto Ejecutivo N°2235, Reglamento de la Carrera Docente


Anexos


Departamento / Unidad responsable

Departamento de Dotación del Talento Humano y sus Unidades.


Contacto

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