21 octubre, 2022

TRASLADO A INSTITUCIONES DEL REGIMEN DEL SERVICIO CIVIL


Licencia o consentimiento que se le otorga a una persona servidora con base en su solicitud para ausentarse de su lugar de trabajo para trasladarse a desempeñar en forma interina cargos en otras instituciones del Régimen del Servicio Civil.


Personas usuarias a las cuales se dirige el servicio

Todas las personas funcionarias del MEP, en condición de propietarias.


Requisitos del servicio

  • Solicitud formal de la persona funcionaria, mediante oficio firmado digitalmente o de forma manual, dirigido a la Licenciada Rebeca Delgado Calderón, Jefatura del Departamento de Dotación del Talento Humano.
  • Certificación original en la cual se compruebe el nombramiento interino (traslado, ascenso o descenso), firmada por la persona Directora de Gestión del Talento Humano o por la autoridad competente de la Institución a donde se realizará el traslado, esta debe cumplir con los requisitos indicados en la circular VM-A-DRH-015-2018.
  • Certificación de no deudas al MEP (o bien, que ha realizado la debida conciliación del pago), solicitada a la Unidad de Procedimiento de Cobros Administrativos al correo [email protected]; dicha Unidad cuenta con 10 días hábiles para atender la solicitud (Únicamente para permisos superiores a los 30 días naturales).
  • Enviar los tres requisitos completos al correo [email protected], de lo contrario no se podrá realizar el análisis correspondiente.

Importante: La solicitud debe presentarse al menos con un mes de antelación al rige del permiso solicitado.


Requisitos para el levantamiento de la licencia

  • Completar el formulario DGTH-FOR-03-ULIC-501- Solicitud licencias sin goce de salario,  deben seleccionar la opción de levantamiento sin goce de salario, indicar la fecha de reinstalación del permiso y en el apartado de observaciones adicionales del formulario indicar el motivo que origina la reinstalación (debe tomar en cuenta que si trabaja en diferentes Centro Educativos deberá aportar un formulario por institución).
  • Una vez que cuente con el requisito necesario para tramitar esta licencia, sírvase adjuntar el documento en el enlace digital denominado DGTH-FOR-03-ULIC-584 “Solicitud de Licencia/Permiso”, ingresando AQUÍ. En caso de que su cuenta de correo institucional MEP se encuentre deshabilitada, podrá incorporar la información mediante una cuenta de correo del Centro Educativo, Dependencia, Departamento o Unidad correspondiente, según cada caso, o bien utilizando una cuenta de correo personal y remitiendo la gestión al correo electrónico de la Unidad de Licencias.

NOTA:  Cuando un servidor(a) requiera interrumpir el permiso sin goce de salario (reinstalarse en su puesto antes del vence del mismo), deberá solicitarlo con un mínimo de un mes de antelación al rige de la solicitud de regreso al trabajo en virtud de los principios fundamentales del servicio público.


Anexos

Circular VM-A-DRH-015-2018 Permisos sin goce y prórroga de los mismos


Departamento / Unidad responsable

Departamento de Dotación del Talento Humano.


Contacto

[email protected]

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