7 noviembre, 2019

LICENCIA POR MATERNIDAD POR ADOPCIÓN


Definición del servicio

Licencia o consentimiento con goce de salario que se le otorga a una funcionaria con base en su solicitud para ausentarse de su lugar de trabajo durante tres meses, por la adopción de una persona menor de edad.

Lo anterior, de conformidad con el artículo 33 inciso b) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. Dicha licencia iniciará a partir del día inmediato siguiente de que se haga la entrega de la persona menor de edad.



Personas usuarias a las cuales se dirige el servicio

Funcionarias del MEP, interinas o propietarias, que realicen proceso de adopción de una persona menor de edad.


Requisitos del servicio

  • Completar el formulario DGTH-FOR-03-ULIC-639 Solicitud licencias con goce de salario.
  • Certificación original del Patronato Nacional de la Infancia o del Juzgado de Familia, en la que se haga constar la adopción del menor de edad y se indique claramente la fecha de la entrega del menor de edad.
  • Una vez contando con todos los requisitos para el trámite de esta Licencia, sírvase adjuntar dichos documentos en el enlace digital denominado DGTH-FOR-03-ULIC-584 Solicitud de licencia/Permiso, ingresando AQUÍ.

Importante: toda solicitud debe ingresarla por el enlace habilitado para tal efecto, a fin de que su trámite sea atendido lo más expedito posible, por lo que no se recomienda utilizar otros medios para la presentación de su solicitud.


Normativa

Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

Decreto Ejecutivo N°43952-PLAN, Reglamento a la Ley Marco de Empleo Público.

Ley N°10159, Ley Marco de Empleo Público.


Anexos


Departamento / Unidad responsable

Unidad de Licencias, Departamento de Prestación de Servicios y Expediente Laboral.


Contacto

Unidad de Licencias

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