23 octubre, 2019

AUMENTO DE LECCIONES EN PROPIEDAD


Definición del servicio

Este servicio consiste en la posibilidad que tienen las personas docentes de completar las 40 lecciones en propiedad diurnas o 30 lecciones nocturnas (máximo de lecciones permitidas por ley); en aplicación de lo normado en el artículo 83 del Estatuto del Servicio Civil.  


Personas a las cuales se dirige el servicio

Personal docente nombrado por lecciones del MEP. 


Requisitos de servicio

  • Ser docente en propiedad.
  • Completar la solicitud por medio del sistema SALTAD, habilitado en los períodos debidamente comunicados.

Normativa

Ley N°1581, Estatuto del Servicio Civil

Ley N°2166, Ley de Salarios de la Administración Pública

Decreto Ejecutivo N°129515-E-P Manual Procedimientos Administración Personal Docente

Decreto Ejecutivo N°21 Reglamento del Estatuto del Servicio Civil

Decreto Ejecutivo N°2235, Reglamento de la Carrera Docente


Anexos


Departamento / Unidad responsable

Departamento de Dotación del Recurso Humano y sus Unidades.


Contacto

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