21 octubre, 2022

TRASLADO A INSTITUCIONES DEL REGIMEN DEL SERVICIO CIVIL


Licencia o consentimiento que se le otorga a una persona servidora con base en su solicitud para ausentarse de su lugar de trabajo para trasladarse a desempeñar en forma interina cargos en otras instituciones del Régimen del Servicio Civil.


Personas usuarias a las cuales se dirige el servicio

Todas las personas funcionarias del MEP, en condición de propietarias.


Requisitos del servicio

  • Solicitud formal de la persona funcionaria, mediante oficio firmado digitalmente o de forma manual, dirigido a la Licenciada Rebeca Delgado Calderón, Jefatura del Departamento de Dotación del Talento Humano.
  • Certificación original en la cual se compruebe el nombramiento interino (traslado, ascenso o descenso), firmada por la persona Directora de Gestión del Talento Humano o por la autoridad competente de la Institución a donde se realizará el traslado, esta debe cumplir con los requisitos indicados en la circular VM-A-DRH-015-2018.
  • Certificación de no deudas al MEP (o bien, que ha realizado la debida conciliación del pago), solicitada a la Unidad de Procedimiento de Cobros Administrativos al correo [email protected]; dicha Unidad cuenta con 10 días hábiles para atender la solicitud (Únicamente para permisos superiores a los 30 días naturales).
  • Enviar los tres requisitos completos al correo [email protected], de lo contrario no se podrá realizar el análisis correspondiente.

Importante: La solicitud debe presentarse al menos con un mes de antelación al rige del permiso solicitado.


Anexos

Circular VM-A-DRH-015-2018 Permisos sin goce y prórroga de los mismos


Departamento / Unidad responsable

Departamento de Dotación del Talento Humano.


Contacto

[email protected]

Ir al contenido