Definición del servicio
Este servicio es un cambio en la clasificación de un puesto con motivo de variación sustancial y permanente en sus tareas y responsabilidades.
Cabe recordar que la posibilidad de reasignar puestos en el MEP puede estar referida a puestos cubiertos por el Título I.
Es importante mencionar que este servicio para los puestos en Centro Educativos se denomina Reasignación por matrícula.
Importante: De acuerdo a la Directriz N° 026-H y el Oficio STAP-0007-2022 “No se permitirán las reasignaciones de puestos ocupados en propiedad y vacantes, para las entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, con excepción de aquellas reasignaciones que sean descendentes.”
Personas usuarias a las cuales se dirige el servicio
- Personas funcionarias del Título I.
Importante: para el personal de Centros Educativos se realizan reasignaciones por matrícula a las siguientes personas: Directoras, Asistentes de dirección, Bibliotecólogas y Orientadoras.
Requisitos del servicio
- Completar el formulario DGTH-FOR-02-UAO-047 Estudio de puestos.
- Oficio de solicitud de estudio, el cual debe ser firmado por las jefaturas inmediatas del puesto solicitado.
- Enviar ambos documentos al correo electrónico: [email protected].
Nota: Para una nueva reasignación, ésta no podrá efectuarse a una misma persona funcionaria en un período menor de un año.
Normativa
Compendio Normativo de la DGSC.
Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.
Anexos
Departamento / Unidad Responsable
Unidad de Análisis Ocupacional, Departamento de Vinculación y Desarrollo Humano.
Contacto
Correo: [email protected]
Teléfono: 2256-8141